Sede Electrónica

TURISMO SOCIAL

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Este trámite permite solicitar una plaza en el Programa de Turismo Social de Tenerife, dirigido a personas mayores del municipio de Tegueste. La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en especie para participar en viajes organizados por el Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS), favoreciendo el acceso de las personas con menores recursos económicos mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.

¿PARA QUÉ SIRVE?

El presente trámite permite solicitar la participación en la convocatoria para la concesión de subvenciones en especie, consistentes en plazas del Programa de Turismo Social de Tenerife, dirigido a las personas mayores del municipio de Tegueste.

El Programa de Turismo Social es una iniciativa del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS), desarrollada en colaboración con los ayuntamientos de la isla de Tenerife, cuyo objetivo es favorecer la participación de las personas mayores en actividades turísticas y de ocio mediante la financiación parcial del coste del viaje, priorizando a quienes disponen de menores recursos económicos.

El Ayuntamiento de la Villa de Tegueste participa en este programa en virtud del Convenio Marco de Cooperación suscrito con el IASS para el período 2025-2027, correspondiéndole la selección de las personas beneficiarias conforme a las bases reguladoras de la convocatoria.

Las actividades incluidas en el programa tienen por finalidad contribuir a la mejora de la calidad de vida de las personas participantes, favoreciendo el envejecimiento activo, la convivencia, la participación social y el acceso a actividades culturales y turísticas.

En la campaña 2026 se ofertan 30 plazas para las personas empadronadas en el municipio de Tegueste que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

 

Nota: El Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria de Tenerife (IASS) es el organismo responsable de la organización y contratación de los servicios que integran el Programa de Turismo Social. En consecuencia, el destino, las fechas del viaje, el itinerario y las restantes condiciones de la plaza subvencionada quedarán sujetos al resultado del procedimiento de contratación que, en su caso, tramite dicho organismo, así como a las condiciones definitivamente aprobadas para la correspondiente campaña.

 

 

¿CÓMO LO INICIO?

Forma de iniciación: A instancia de parte
Plazo de presentación:
DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Requisitos previos:

Podrán participar en la convocatoria las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 60 años o cumplir dicha edad durante el año natural en que se realice el viaje correspondiente a la campaña de Turismo Social. Las personas participantes podrán viajar acompañadas por su cónyuge, pareja de hecho inscrita o pareja de hecho no inscrita, siempre que esta última acredite una convivencia continuada mediante documentación oficial, aunque no reúna el requisito de edad.
  • No superar los siguientes límites de ingresos económicos anuales, calculados conforme al IPREM, priorizándose en todo caso a las unidades familiares con menores recursos económicos:
    • 18.480,00 €, para unidades familiares de un solo miembro.
    • 28.560,00 €, para unidades familiares de dos o tres miembros.
    • 30.240,00 €, para unidades familiares de más de tres miembros.
    • Se entiende por unidad familiar la formada únicamente por los cónyuges o parejas convivientes y los hijos menores de edad y/o mayores de edad con medidas de apoyo judicial a personas con discapacidad.
  • Estar empadronado en el municipio de Tegueste con una antigüedad mínima de tres años anteriores a la fecha de inicio del viaje y reunir los requisitos para beneficiarse de la bonificación al transporte para residentes en Canarias.
  • No padecer alteraciones del comportamiento, deterioro cognitivo moderado o grave, enfermedad transmisible con riesgo de contagio, limitaciones de movilidad u otros problemas de salud que impidan la realización del viaje y de las actividades programadas.
  • No haber participado en la campaña inmediatamente anterior del Programa de Turismo Social. En caso de existir plazas vacantes, podrán resultar beneficiarias personas que hayan participado en campañas anteriores, conforme a los criterios establecidos en las bases reguladoras.

Asimismo, las personas beneficiarias deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No obstante, dada la naturaleza social de estas ayudas en especie, no se exigirá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en las bases reguladoras.

Lugar de presentación:

Las solicitudes podrán presentarse:

  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de la Villa de Tegueste.
  • En el Registro General del Ayuntamiento.
  • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES NECESARIA PARA INICIARLO?

Documentación a aportar

Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Con carácter general, deberá aportarse:

  • Solicitud debidamente cumplimentada y firmada (Anexo I).
  • Documento Nacional de Identidad (DNI/NIE), salvo autorización para su consulta.
  • Documentación acreditativa de los ingresos económicos de la unidad familiar (Última declaración de IRPF presentada o declaración de estar exento, certificado de pensiones o última nómina).
  • Tarjeta sanitaria.
  • Ficha de datos personales (Anexo II), acompañada de fotografía. 
  • Cuestionario de salud (Anexo III).
  • En su caso, documentación acreditativa de la unidad familiar, pareja de hecho o matrimonio.
  • En su caso, informe social.
  • Autorización para la consulta de datos de otras Administraciones Públicas (Anexo IV).

No será necesario aportar aquellos documentos que ya obren en poder de cualquier Administración Pública o que puedan ser consultados electrónicamente, en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 39/2015.

El Ayuntamiento podrá comprobar de oficio los datos necesarios para la tramitación del procedimiento y requerir, cuando resulte preciso, la documentación complementaria necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos.


Criterios de valoración

Las solicitudes se valorarán en régimen de concurrencia competitiva, otorgándose prioridad a las personas cuya renta per cápita mensual de la unidad familiar sea inferior.

La puntuación se asignará conforme al siguiente baremo:

Renta per cápita mensual Puntuación
Hasta 450 € 10 puntos
Más de 450 € y hasta 600 € 8 puntos
Más de 600 € y hasta 750 € 6 puntos
Más de 750 € y hasta 900 € 4 puntos
Más de 900 € y hasta 1.050 € 2 puntos
Superior a 1.050 € 0 puntos

Las solicitudes que superen los límites máximos de ingresos establecidos en la convocatoria serán excluidas.


Criterios de desempate

En caso de empate en la puntuación obtenida, se aplicarán, por este orden, los siguientes criterios:

  • No haber sido beneficiario del Programa de Turismo Social en ninguna edición anterior.
  • No haber sido beneficiario en la campaña inmediatamente anterior.
  • Tener mayor edad.
  • Fecha de presentación de la solicitud.
¿QUÉ TRIBUTOS O PRECIOS PÚBLICOS SON APLICABLES?

Financiación

Las personas beneficiarias deberán asumir el 33 % del coste de la plaza correspondiente al Programa de Turismo Social, efectuando el ingreso de la cuantía que les sea comunicada por el Ayuntamiento con carácter previo al inicio del viaje, en la cuenta bancaria que se designe al efecto.

El coste restante del programa será financiado por:

  • 34 % por el Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS).
  • 33 % por el Ayuntamiento de la Villa de Tegueste, conforme al Convenio Marco de Cooperación suscrito con el IASS para el desarrollo del Programa de Turismo Social.

Nota: El importe exacto que deberá abonar cada persona beneficiaria será comunicado por el Ayuntamiento una vez determinado el coste definitivo de la plaza conforme al procedimiento previsto en el convenio.

De esta forma no tendrás que modificar el procedimiento de la sede cada año cuando cambie el precio del viaje o el destino.

¿CUANDO Y CÓMO SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO?

Tramitación del procedimiento

  • Presentación de la solicitud junto con la documentación exigida en la convocatoria.
  • Comprobación de la documentación por el Ayuntamiento. Si la solicitud estuviera incompleta o presentara defectos, se concederá un plazo de 10 días hábiles para su subsanación.
  • Valoración de las solicitudes por los Servicios Sociales Municipales y elaboración de una propuesta de resolución provisional, con indicación de las personas beneficiarias, suplentes y excluidas.
  • Publicación de la propuesta provisional en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones. Si no se presentan alegaciones, la propuesta provisional tendrá carácter definitivo.
  • Resolución definitiva por la Concejalía Delegada competente y publicación de la relación definitiva de personas beneficiarias, suplentes y excluidas.

Recursos

La resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse:

  • Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó la resolución.
  • Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el órgano jurisdiccional competente.

Justificación

De conformidad con el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, estas ayudas en especie no requieren una justificación posterior, siendo suficiente que la persona solicitante acredite, antes de la concesión, el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación y control que pueda realizar el Ayuntamiento.

 

¿QUÉ POSIBILIDADES TENGO DE RECURRIR SI NO ESTOY CONFORME?

La resolución que ponga fin al procedimiento pone fin a la vía administrativa.

Contra la misma podrá interponerse, alternativamente:

  • Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que la haya dictado, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación.
  • Recurso contencioso-administrativo, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicación.

Si se interpone recurso potestativo de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel haya sido resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿QUÉ NORMATIVA ES APLICABLE AL PROCEDIMIENTO?
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de la Villa de Tegueste.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
PREGUNTAS FRECUENTES

Pregunta: ¿Cómo puedo obtener más información sobre esta convocatoria?

Respuesta: Puede ponerse en contacto con el Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de la Villa de Tegueste llamando al teléfono 922 316 100 (extensión 6167), donde le facilitarán la información necesaria sobre el procedimiento.


Pregunta: ¿Cómo solicito una plaza en el Programa de Turismo Social?

Respuesta: Deberá presentar la solicitud, junto con la documentación exigida en la convocatoria, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, del Registro General o de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Queda más natural para una sección de preguntas frecuentes y evita respuestas excesivamente telegráficas.

 

INFORMACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Se informa a las personas interesadas de que el Ayuntamiento de la Villa de Tegueste es el responsable del tratamiento de los datos personales facilitados en este procedimiento.

Los datos serán tratados con la finalidad de tramitar, gestionar y resolver la solicitud de participación en la convocatoria de subvenciones en especie correspondientes al Programa de Turismo Social de Tenerife, así como de realizar las actuaciones de comprobación y control previstas en la normativa aplicable.

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público y el ejercicio de poderes públicos conferidos al Ayuntamiento, de conformidad con la normativa reguladora del procedimiento administrativo y de subvenciones.

Los datos podrán ser comunicados al Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria de Tenerife (IASS) y, en su caso, a la entidad adjudicataria encargada de la ejecución material del Programa, cuando resulte necesario para la correcta gestión de la prestación. No están previstas transferencias internacionales de datos.

Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y demás derechos reconocidos por la normativa de protección de datos, en los términos previstos en la información adicional disponible en la política de privacidad de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de la Villa de Tegueste.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática

Tramitar presencialmente

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo descargando y cumplimentando los siguientes formularios:

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El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

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